¿Sois de botellón? Ojito porque suben las multas en Madrid.

Me informan mis fuentes inteligentes, esas que tienen trabajos en los que el BOE forma parte de su vida, de que las multas por botellón están que lo tiran. Y ojito, porque con el afán recaudatorio que nos espera (y sufrimos), no me extrañaría que dentro de poco las copas empiecen a salir caras.  

Así que si sois de los que bebéis en la calle, buscad zonas en las que hacerlo tranquilos, o ejercitar las piernas, porque las multas parten de los 300€ 



[...]Cuatro. El apartado 5 del artículo 52 de la Ley 5/2002, de 27 de junio, queda redactado de la siguiente forma:

"5. Las sanciones por infracción del artículo 30.3 de la presente Ley, referida al consumo de alcohol en la vía pública, consistirán:

a) Si la infracción hubiera sido cometida por un menor de dieciocho años, en multa de 500 euros.

En caso de que el menor hubiera sido sancionado, mediante resolución firme en la vía administrativa, por consumo de alcohol en la vía pública, en los seis meses anteriores a la fecha de comisión de la infracción, se elevará el importe de la multa en 500 euros por cada una de las reincidencias.

b) En el caso del infractor mayor de edad, la sanción aplicable será el doble de la prevista en el cuadro general de sanciones, establecido en el artículo 59.1 de la presente Ley. (Os pongo luego estas sanciones previstas) 

En caso de que hubiera sido sancionado, mediante resolución firme en la vía administrativa, por consumo de alcohol en la vía pública, en los seis meses anteriores a la fecha de comisión de la infracción, se elevará el importe de la multa en 500 euros por cada una de las reincidencias.

Las Corporaciones Locales serán competentes para llevar a cabo el procedimiento sancionador de estas infracciones".  

Artículo 59. De la cuantía de las sanciones.

1. Las infracciones de la presente Ley se sancionarán con multas cuyas cuantías se regirán de acuerdo
a la siguiente graduación:
a) Infracciones leves, con multa desde 300 hasta
30.050 euros.
b) Infracciones graves, con multa desde 30.051
hasta 60.101 euros.
c) Infracciones muy graves, con multa desde
60.102 hasta 601.012 euros.

Habiendo un hasta significa que pueden meterte básicamente lo que les de la gana. 

Así que si no pensáis dejar de beber en la calle, no es tarde para sumarse a la tendencia del running ¡Que Usaint Bolt nos ampare! ;) 

¡Qué grande es el BOE y que de cosas cuenta!
Designed By OddThemes | Distributed By Blogger Templates